NUEVAS PLACAS OBLIGATORIAS PARA TALLERES GALLEGOS
Los talleres gallegos tienen de plazo hasta el final de año para colocar las nuevas placas identificativas contempladas en el Decreto 108/2017, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 70/2011, de 7 de abril, que regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipamientos y componentes.
En este Decreto se introduce la obligatoriedad para los talleres de incluir dos placas: una identificativa, con la contraseña de Industria y que no se diferencia mucho de la actual; y otra informativa, pensada para dar más información a los usuarios de los talleres.
En esta última, tienen que aparecer los pictogramas que están en la identificativa con la descripción al lado, reflejando así las ramas de actividad del taller (mecánica, electricidad, carrocería y pintura), los campos parciales de actividad, o las especialidades que desarrolla: neumáticos, radiadores, equipamientos de inyección, cristales y parabrisas, dispositivo de remolque, tacógrafos, vehículos de la categoría L, vehículos agrícolas... Además, en este decreto se añaden nuevas especialidades: aire acondicionado y climatización y autorradios y equipamientos de comunicación.
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